Inscripción del Servicio Doméstico al IVSS
Requisitos de inscripción:
- Cédula del Empleador 14-01
- Registro del Asegurado 14-02
- Copia de la Cédula de Identidad del Empleador
- Copia de la Cédula de Identidad del Asegurado
- Contrato de Servicio Notariado
- Recibos de servicios públicos (luz, agua, CANTV)
Artículo 6 (RGLSSO). Son trabajadores domésticos quienes de manera habitual y continua prestan servicios mediante un salario, en labores inherentes al hogar o habilitación de una persona o familia, sin fines de lucro para el Empleador.
Todo lo relacionado con el Seguro Social para los trabajadores domésticos, en lo que se refiere a afiliación, percepción de cotizaciones y otorgamiento de prestaciones, se regirá por normas especiales que elaborará el Consejo Directivo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, quien las presentará al Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Trabajo, a los efectos, de su aprobación y promulgación.